Para ilustrar mejor el nuevo real decreto de autoconsumo, además de resumirlo y comentar, analizamos una instalación fotovoltaica que está diseñada para en una industria con suministro contratado mediante tarifa 3.1A y potencia contratada en sus periodos de: 317kW en P1 y 329kW en P2 y P3. Con venta de excedentes (modalidad Tipo 2, según el RD 900/2015).
En este caso, partiendo de ciertas hipótesis financieras comunes, vamos a ver una industria con potencia contratada más elevada, donde cabe un autoconsumo únicamente de Modalidad Tipo 2. Es una industria del sector químico de la provincia de Valencia. Los datos presentados son reales de consumo en contador de punto frontera y facturas de junio de 2015. El consumo horario del cliente de una semana tipo está refeljado en la gráfica.
Lo primero que llama la atención es que la empresa tiene un consumo base de 160 kW siempre, debido a que tiene continuos procesos de trabajo, con turno nocturno reducido.
De las facturas del consumidor obtenemos el precio de la energía que está pagando en cada periodo (incluyendo impuesto eléctrico de 5,11%):
- P1 o punta: 0,09906€/kWh
- P2 o llano: 0,088634€/kWh
- P3 o valle: 0,06545€/kWh