Nuevo RD 1699/2011

11/01/12
El BOE publica el Real Decreto que regula la conexión a red de instalaciones de baja potencia

Valencia, 9 de diciembre 2011:  El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de baja potencia.

 

Con la entrada en vigor de esta nueva normativa, los cambios serán sustanciales para los productores de energía.

 

Los más destacados son los siguientes:

- Será necesario contar con un aval para solicitar el punto de conexión.

- La compañía eléctrica dispone de diez días para requerir la documentación.

- En ningún caso, solicitar el punto de conexión de hasta 100kWn puede suponer un coste.

- La compañía eléctrica dispone de un mes para contestar a la solicitud de punto de conexión.

- El coste de la conexión será el mismo que el de una nueva acometida de suministro en instalaciones de hasta 20kWn en zonas urbanizadas.

- Se permite un contador bidireccional si solamente se vende el excedente pero no se cuantifica el pago. (En un plazo de 4 meses, se redactará un nuevo decreto para cuantificar las tarifas).

- Las instalaciones de hasta 100kW conectadas en red de hasta 1kV no necesitan autorización administrativa.

- Se estipula un nuevo plazo de 16 meses para obtener la inscripción definitiva dirigido a todas las instalaciones preinscritas.

- Se estipula un plazo de 16 meses para que las nuevas instalaciones obtengan la inscripción definitiva sin posibilidad de prórroga.

- Se estipulan nuevas cuantías para los avales (20€/kWn para instalaciones de hasta 100kW; 50€ para el resto de instalaciones de tipo 1.2 y, finalmente, 500€/kWn para las instalaciones de suelo).

 

Ya puedes descargar el Real Decreto.